Beca Cámara de Sociedades
Beneficio destinado a empleados en relación de dependencia de empresas asociadas a la Cámara de Sociedades. El porcentaje de beca por otorgar es del 10% aplicable sobre los aranceles y matrícula conforme a las condiciones establecidas.
Quedan excluidos los pasantes, familiares de empleados y las siguientes propuestas académicas de UADE: Licenciatura en Dirección de Negocios Globales, Licenciatura en Comunicación Global, Licenciatura en Dirección en Finanzas Globales, Licenciatura en Gastronomía, Licenciatura en Turismo y Hotelería, Licenciatura en Artes Escénicas, Dobles Titulaciones y tecnicaturas.
A. Procedimiento
Para solicitar la aplicación del beneficio, el alumno deberá enviar la documentación correspondiente desde su casilla de correo institucional (@uade.edu.ar) a becasalumnos@uade.edu.ar. Una vez recibida y verificada, se procederá a la aplicación del beneficio, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
B. Requisitos otorgamiento
· Pertenecer a una empresa asociada a la Cámara de Sociedades.
· Estar inscripto en un mínimo de 4 asignaturas de 68 horas cada una, sin excepción.
· Completar el formulario disponible en https://formularios.camaradesociedades.com.
Una vez aprobada la solicitud por la Cámara de Sociedades, UADE verificará el cumplimiento de las condiciones para aplicar el beneficio.
C. Nota importante
· El periodo de beca es cuatrimestral y deberá renovarse cada cuatrimestre, aun cuando se registre inscripción anual.
· En caso de no reunir los requisitos necesarios, las becas serán anuladas y se generarán los cargos (contra cargos) correspondientes en la cuenta del alumno con próximo vencimiento calendario.
Fecha de Presentación: La beca entrará en vigor a partir del mes siguiente a la presentación completa de la documentación requerida, previa validación y aprobación por parte de UADE, conforme a las fechas límite establecidas. En caso de presentar la documentación fuera de los plazos publicados, su aplicación quedará sujeta al cronograma correspondiente:
· Diciembre: 13/11/2026
· Marzo:19/2/2027
· Abril:12/3/2027
· Mayo:12/4/2027
· Junio:14/5/2027
· Julio:14/6/2027
· Agosto:12/7/2027
· Septiembre:13/8/2027
· Octubre:13/9/2027
· Noviembre:15/10/2027
· Diciembre:1/11/2027
El otorgamiento del beneficio estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos. No se aplicarán beneficios retroactivos, sin excepción.
Continuidad de beca
El alumno que hubiere obtenido una beca para los cursos del segundo cuatrimestre (período agosto-diciembre) tendrá el mismo porcentaje de beca en los Cursos de Verano. Esta última se aplicará de forma automática en la facturación.